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Registro Mercantil y de Bienes Muebles de Almería

Ayuda y descargas

Respuestas a las dudas más comunes, los importes de cada trámite y los modelos oficiales.

Preguntas frecuentes

¿Cómo hago una provisión de fondos?

Las provisiones de fondos del Registro Mercantil y de Bienes Muebles de Almería se hacen por internet, en tres pasos:

  1. Sus datos. Los de quien presenta el documento. Si tiene cuenta, se rellenan solos.
  2. El trámite. Elija el registro (Mercantil o Bienes Muebles: vehículos, buques, farmacias…) y el documento que va a presentar. El importe se calcula solo.
  3. Pago y documentos. Obtendrá la hoja de presentación ya rellena. Puede pagar con tarjeta en ese momento, en oficinas o cajeros de Cajamar o CaixaBank, o desde su banca electrónica con la carta de pago.

Si paga con tarjeta, lo que sobre se le devuelve automáticamente a esa misma tarjeta.

¿Cuándo no hace falta? Lo que se presenta por internet en registradores.org se paga allí y no necesita provisión: por ejemplo, las cuentas anuales, los documentos de Bienes Muebles con firma electrónica verificable (CSV) o las peticiones de notas simples y certificaciones. Las escrituras que la notaría envía por vía telemática sí necesitan provisión.

Hacer una provisión de fondos

¿Cómo me devuelven lo que sobre de la provisión?

La provisión es un anticipo: al terminar el trámite suele quedar dinero a su favor. Al hacer la provisión elige cómo se lo devolvemos:

  • A la tarjeta: paga con tarjeta y lo que sobre vuelve automáticamente a esa misma tarjeta. Es lo más rápido y no tiene costes.
  • Por transferencia: indica su IBAN y se lo transferimos. Puede guardarlo en su cuenta para que se incluya solo en cada provisión.

La nota simple de Bienes Muebles tiene precio fijo: no sobra nada y no hay que elegir.

¿Cómo consulto el estado de mis documentos?

El estado de los documentos presentados se consulta en el servicio telemático del Colegio de Registradores. Necesitará:

  • El número de entrada, que figura en el resguardo de presentación.
  • El NIF o CIF de quien presentó el documento.

Consultar en registradores.org

Si pidió que le enviáramos la documentación por correo postal, puede seguir el envío en Seguimiento.

¿Cuándo puedo retirar los documentos?

Los documentos pueden retirarse ya despachados pasados 15 días hábiles desde su presentación, si no hay defectos que impidan la inscripción.

Si los necesita antes, puede pedir la tramitación urgente en el momento de presentarlos. Algunos documentos tienen, por reglamento, un plazo de despacho más corto.

Si al presentarlo indicó su correo electrónico, le avisaremos cuando el documento esté listo y, en el mismo correo, del importe pendiente de la factura de honorarios del Registro.

¿Quién puede retirarlos?

Cualquier persona puede retirar los documentos presentando el resguardo que se entregó al presentarlos.

Si no tiene el resguardo, solo pueden retirarlos:

  • El presentante, identificándose con su DNI.
  • Una persona autorizada por el presentante, con la autorización.
¿Cómo legalizo los libros?

Por vía telemática, con el programa Legalia del Colegio de Registradores, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio. Los libros de actas, de socios y de acciones nominativas se legalizan cada año.

Todo sobre la legalización de libros

Importes de la provisión

El importe definitivo lo calcula el Registro al crear la minuta de derechos devengados.

Registro Mercantil

Importes de la provisión de fondos · Registro Mercantil
TrámiteImporte
Escritura o documento para inscribir 200 €
Poder Un apoderado 90 € Más de un apoderado 160 €
Depósito de cuentas anuales 80 €
Certificación de una sociedad 150 €
Nota simple de una sociedad 10 €
Nombramiento de auditores y expertos 160 €
Registro de prestadores de servicios 60 €
Convocatoria de junta 300 €
Certificado de no aprobación de cuentas 60 €

Bienes Muebles

Importes de la provisión de fondos · Bienes Muebles
TrámiteImporte
Inscripción de contratos 150 €
Nota simple (vehículos, buques o farmacias) Persona física 8,71 € Persona jurídica 7,63 €
Embargo 100 €
Cancelación de embargo 80 €
Cancelación de contratos 60 €
Certificación de cargas 100 €
Farmacias 200 €
Buques 200 €

Modelos y descargas

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